Servicios de higiene y seguridad industrial obligatorio por ley 19.587, Decreto 351/79 y obligaciones de las A.R.T. (Ley 25.557/96)

Dicho servicio es obligatorio para todas las empresas, edificios y consorcios de propietarios que poseen personal en relación de dependencia.
Nuestro servicio no solo consta de visitas periódicas, por parte de profesionales de nuestra firma, sino que ofrecemos el asesoramiento permanente en materia de higiene y seguridad industrial.
Debido a que la generación de accidentes responde al siguiente esquema procentual:

Causas de Accidentes


Nuestro servicios se centra en la capacitación permanente de todos los empleados del Consorcio, a fin de reducir el efecto de los accidentes principalmente por causas humanas.
Se debe tener en cuenta, que las empresas / consorcios deben poseer en nivel 3º como obligatorio a la fecha, en materia de higiene y seguridad, cumpliendo con la totalidad del plan de mejoras que la empresa / consorcio ha consensuado con la A.R.T.
Nuestro SERVICIO DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL, se basa en la prevención de accidentes, de alguno de estos riesgos:

– Uso de matafuegos e hidratantes.
– Levantamiento de Cargas (Ergonomía).
– Seguridad eléctrica.
– Capacitación en trabajos seguros.
– Plan de evacuación y contingencias
– Manejo de Calderas y Ascensores.
– Orden y Limpieza.
– Control de los trabajos realizados por personal contratado (sanitaristas, pintores, etc) en riesgos menores.
– Asesoramiento sobre la documentación exigida por las normas vigentes.

Dicho servicio, consta de visitas MENSUALES realizadas por profesionales de nuestra firma, y abarca los siguientes ítems:

• Inscripción por parte de un profesional, especializado en higiene y seguridad y actualización permanente de la documentación exigida por la S.R.T.
• Confección de un INFORME ANUAL.
• Verificación del correcto estado y uso de: Herramientas manuales, Protecciones en bombas y tableros eléctricos, Escaleras, etc.
• Confección de normas de procedimiento de trabajos peligrosos, tales como: TRABAJOS CON ELECTRICIDAD Y CON LA/S CALDERA/S Y/O TERMOTANQUE/S
• Asesoramiento en el suministro de elementos de prevención personal cómodos.
• Implementación de normas y reglamentos internos.
• Plan de evacuación de emergencia.
• Procedimientos de bloqueo de máquinas.
• Trabajo en conjunto con el servicio de medicina laboral y la A.R.T.
• CAPACITACION AL ENCARGADO EN EL USO DE EXTINTORES Y EN LA EVACUACION DEL EDIFICIO Y PRIMEROS AUXILIOS, ETC.
• AUDITORIA DE RIESGOS.
• Con cada capacitación entregamos material didáctico y certificado de asistencia y/o aprobación de examen.
• Distribuimos periódicamente un boletín informativo sobre RIESGOS EN EDIFICIOS.

Otros Servicios:

• De poseer sistema de puesta a tierra, realizamos la medición de la misma para la determinación de la resistencia
• De no poseer jabalina de tierra, nuestra empresa realizará un informe con presupuesto a fin de cumplir con las disposiciones de la ART.
• Para el caso de trabajos en donde se exija a los contratistas Programa Unico de Seguridad e Higiene (Dec. 911/96), se realizará control del mismo y supervisión del cumplimiento de las normas durante la ejecución de las tareas. En este caso se verificará el cumplimiento por parte del contratista de las resoluciones de la SRT 231/96, 51/97 y 35/98.

Completan nuestros servicios en esta división “Diagnósticos por ensayos no destructivos”, el uso de decibelímetros para medición del NSCE (Nivel sonoro continuo equivalente). Estas mediciones son necesarias en situaciones de conflicto por altos niveles de ruido.
El uso de detectores de humedad, detectores ultrasónicos de espesores, luxómetros (“nivel de iluminación”), equipos infrarrojos y láser de medición de temperatura completan el instrumental con que contamos que profesionalizan la actividad del mantenimiento predictivo y correctivo.